Resumen: PRIMERO.- Ebone, Servicios Educación y Deporte, S.L. plantea recurso de suplicación contra la sentencia que ha estimado la demanda que don Evaristo formuló contra tal sociedad y luego amplió a ART, Arabako Rokodromoen Teknikariak, Kooperativa Elkarte Txikia, por entender que la recurrente indebidamente no subrogó a tal demandante, al asumir la contrata que el ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz le adjudicó con efectos del día 1 de mayo de 2019.
Resumen: PRIMERO.- Estimada en su pretensión principal la demanda en la que Mutua Fraternidad-Muprespa, impugnando las resoluciones del INSS de fechas 25.4.2018 y 12.6.2018 por las que en expediente de revisión de grado se declara a D. Gaspar afecto de una incapacidad permanente absoluta derivada de accidente de trabajo, solicita se mantenga la incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo que tenía anteriormente reconocida por resolución del INSS de fecha 25.7.2007, o, subsidiariamente, se declare que la incapacidad permanente absoluta ahora reconocida deriva de la contingencia de enfermedad común, de tal forma que se declara que le debe ser mantenida la anterior incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo con el percibo de la prestación correspondiente, por la representación letrada del Sr. Gaspar se interpone recurso de suplicación dirigido al examen del derecho aplicado con el objeto de que se confirme la resolución administrativa de fecha 25.4.2018. El recurso es impugnado por la Mutua demandante.
Resumen: PRIMERO.- Doña Macarena formula recurso de suplicación contra la sentencia que ha desestimado la demanda en la que postulaba la situación de incapacidad permanente, en el grado de incapacidad permanente total para su profesión habitual y subsidiariamente el de parcial para la misma, junto con la prestación económica correspondiente.
Resumen: PRIMERO.- Estimada por la sentencia de instancia la demanda en la que Dª Violeta, impugnando la resolución del INSS de fecha 25.2.2019 (confirmada por la de 21.6.2019 que desestima la reclamación previa), interesa el reconocimiento de una incapacidad permanente parcial por la contingencia de accidente no laboral para su profesión habitual de limpiadora, por la representación letrada del Instituto Nacional de la Seguridad Social se interpone recurso de suplicación dirigido al examen del derecho aplicado para que se revoque la sentencia y se le absuelva de la demanda origen de los autos. El recurso es impugnado por la demandante.